ARTÍCULO ORIGINAL
NUEVAS
POLÍTICAS
TRIBUTARIAS E INFORMALIDAD EN EL NUEVO RÉGIMEN
ÚNICO SIMPLIFICADO EN CAJAMARCA
(2017 – 2019).
NEW TAX POLICIES AND
INFORMALITY IN THE NEW SINGLE SIMPLIFIED REGIME OF CAJAMARCA (2017
– 2019).
Orlando
R. Yupanqui Linares.
Universidad
Nacional Autónoma de Chota, Perú.
https://orcid.org/0000-0001-6679-1253
Correo
electrónico: oyupanqui@unach.edu.pe
Jorge
A. Tejada Carrera.
Universidad
Nacional Autónoma de Chota, Perú.
https://orcid.org/0000-0002-5255-6487
Correo
electrónico: jatejadac@unach.edu.pe
Victoria
S. Martos Montoya.
Universidad
Nacional Jorge Basadre Grohmann, Perú
https://orcid.org/0000-0003-2180-4342
Correo electrónico: vmartosm@unjbg.edu.pe
RESUMEN
Objetivo: Demostrar
que las nuevas políticas tributarias, inducen a la
informalidad de los
contribuyentes del NRUS. Metodología: Se
aplicó el análisis documental.
Asimismo, se usó de datos secundarios proporcionados por la
SUNAT, cartillas
con contenido de parámetros para comparación y
fenomenología de contribuyentes.
Resultados: En el año 2016, existe
decremento de S/. 933,430 de la recaudación
fiscal, incremento del 21.05% de contribuyentes. Sin embargo, se
evidencia la inexistencia
de correlación significativa entre los resultados con la
aplicación de los D.
L. N°s 937 y 1270, relación no significativa entre
la aplicación de los D. L.
N°s 937 y 1270 y la cantidad de contribuyentes, diferencia
altamente
significativa entre las medias de la recaudación con estos
Decretos. Conclusión:
El cambio de régimen del NRUS al RMT, no cumplen con los
parámetros del
artículo 7° (D. L. 1270); los contribuyentes que
están acogidos al NRUS, han
disminuido en 18% el grado de cumplimiento de las obligaciones formales
y
sustanciales mensuales.
ABSTRACT
Objective: Demonstrate that the new tax policies induce
the
informality of NRUS taxpayers. Methodology: Documentary
analysis was
applied. Likewise, secondary data provided by SUNAT, booklets
containing
parameters for comparison and taxpayer phenomenology were used.
Results: In
2016, there is a decrease of S/. 933,430 of tax collection, an increase
of
21.05% of taxpayers. However, there is no significant correlation
between the
results with the application of DL Nos. 937 and 1270, a non-significant
relationship between the application of DL Nos. 937 and 1270 and the
number of
taxpayers, a highly significant difference. between the averages of the
collection with these Decrees. Conclusion: The
change of regime from the
NRUS to the RMT does not comply with the parameters of article 7 (D. L.
1270);
taxpayers who are covered by the NRUS, have decreased by 18% the degree
of
compliance with formal and substantial monthly obligations.
Keywords: Tax policy, informality, new Simplified Single
Regime.
NTRODUCCIÓN
En
el Perú cada parlamento según su
política emite leyes con la finalidad de
mejorar la recaudación tributaria, sin embargo; se observa
que la aplicación y
administración de esta normas no siempre cumplen con su
propósito y
paradójicamente se logran resultados opuestos, la ciudad de
Cajamarca no es
ajena a esta realidad, en este contexto es que la
investigación tiene el
propósito de evidenciar fallas objetivas de los Decretos
Legislativos N° s 937
y 1270 que no solo puedan
aportar al
decremento de la recaudación, si no que puedan orillar a la
informalidad del
sistema del mercado.
La
pretensión de la investigación fue demostrar
dentro del rigor científico la
ineficiencia del sistema impositivo conformado por los Decretos
Legislativos
N°s 937 y 1270, en la recaudación tributaria y la
formalidad de los
contribuyentes. demostrando que antes de la entrada en vigor del
Decreto
Legislativo N° 1270, se debió hacer un
análisis minucioso de la realidad
económica, social y cultural de los contribuyentes de
nuestro país, y de su
posible respuesta ante política tributaria implementada.
A
partir de la experiencia del investigador, en la realidad empresarial
tributaria, es que se despertó el interés en la
investigación sobre los efectos
del sistema tributario antes mencionado; con el propósito de
aportar
conocimientos teóricos con rigor científico, para
la dar la oportunidad de
proponer alternativas de solución, mediante
políticas, normas ya sean
Ejecutivas o Legislativas, planes, programas y/o proyectos. Basado en
la hipótesis;
las nuevas políticas tributarias, realizadas en el Nuevo
Régimen Único
Simplificado, inducen a los contribuyentes a la informalidad; se
planteó el
objetivo de demostrar que las nuevas Políticas Tributarias,
inducen a la
informalidad a los contribuyentes del Nuevo Régimen
Único Simplificado en la
ciudad de Cajamarca, en el periodo 2017 – 2019.
METODOLOGÍA
La investigación se
desarrolló en la cuidad de Cajamarca, responde al
diseño de investigación no
experimental de corte transversal, descriptivo, el método
utilizado fue
histórico en consideración a los datos con los
que se trabajó; analógico que
permitió evidenciar semejanzas y diferencias; inferencial en
consideración a
que se tuvo como muestras a la población de la provincia de
Cajamarca y sus
resultados se generalizan al Perú; descriptivo considerando
de que se analizó
la fenología de contribuyentes y se contrastó
hipótesis de una sola variable. Se tuvo como
grupo de estudio a los
contribuyentes acogidos acogidos al Decreto Legislativo N° 1270
y como muestra
a los contribuyentes. que, al primero de enero de 2017, cumplen con los
parámetros establecidos en los artículos
3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 12°
y 13° del
decreto legislativo N° 1270. Como técnicas e
instrumentos de recopilación de
información se precisa que se utilizó
información de segunda fuente y como
instrumento se tomaron en cuenta el análisis de cuadros
estadísticos, así
mismo, el análisis documental. El procesamiento de la
información cuantitativa
se lo realizó con el uso de un programa
estadístico lo que permitió el
análisis
descriptivo y la contrastación de las hipótesis.
RESULTADOS
Tabla 1.
Ingresos tributarios recaudados por SUNAT -
tributos
internos NRUS región Cajamarca 2016 - 2019 (Miles de Soles)
Años |
Importe recaudado |
2016 |
4,093.83 |
2017 |
3,247.64 |
2018 |
3,156.40 |
2019 |
3,160.40 |
Fuente:
Portal de Transparencia SUNAT.
Tabla 2.
Cantidad de Contribuyentes inscritos en El Nuevo
Régimen
Único Simplificado, periodo 2016 al 2019
Año |
Cantidad |
2016 |
25,821 |
2017 |
26,700 |
2018 |
28,918 |
2019 |
31,257 |
Fuente:
Portal de Transparencia SUNAT.
Tabla 3.
Ingresos tributarios recaudados por SUNAT
– Tributos
internos Región Cajamarca – Comparación
con respecto del año 2016 al 2019.
Descripción |
Ingreso |
Ingreso |
Diferencia de ingresos |
Porcentajes |
RUS 2016 – 2017 |
4,093.83 |
3,247.64 |
846.19 |
20.67 |
RUS 2017 – 2018 |
4,093.83 |
3,156.40 |
937.43 |
22.90 |
RUS 2018 – 2019 |
4,093.83 |
3,160.40 |
933.43 |
22.80 |
Fuente:
Portal de Transparencia SUNAT.
Tabla 4.
Comparación de contribuyentes inscritos
2016 – 2018,
teniendo como año base el año 2016
Descripción |
Cantidad inscritos |
Cantidad inscritos |
Diferencia de contribuyentes |
Porcentajes |
RUS 2016 - 2017 |
25,821 |
26,700 |
879 |
3.40 |
RUS 2016 - 2018 |
25,821 |
28,918 |
3,097 |
11.99 |
RUS 2016 - 2018 |
25,821 |
31,257 |
5,436 |
21.05 |
Fuente:
Portal de Transparencia SUNAT.
De
las tablas anteriores se pueden observar que a partir de la
aplicación del
Decreto Legislativo N° 1270 en la cual establece la
reducción de las categorías
de dicho régimen tributario (de 5 a 2
categorías), los ingresos recaudados por
el estado para los años 2017, 2018 y 2019, han disminuido
considerablemente,
esto quiere decir que a pesar de que el pago de la cuota es mucho menor
no ha
habido un incremento de la recaudación tributaria tal como
era la finalidad de
este Decreto Legislativo (Tabla 1).
En
la tabla 2 se observar que a partir de la reducción de las
categorías (de 5 a 2
categorías) del Nuevo Régimen Único
Simplificado – NRUS en el año 2016, el
número de contribuyentes acogidos en los años
2017, 2018 y 2019, han aumentado
considerablemente, lo que se puede presumir que los contribuyentes de
las
categorías 3, 4 y 5; la mayoría de los
contribuyentes optó por subdividir su
unidad productora en varias unidades productoras.
Se
observa que a partir de la aplicación del Decreto
Legislativo N° 1270, en la
cual establece la reducción de las categorías de
dicho régimen tributario (5 a
2), los ingresos recaudados por el estado, tomando como base el
año 2016,
podemos apreciar lo siguiente: que en el año 2017 los
ingresos recaudados han
disminuidos en el 20.67% con lo que respecta al año
anterior; que en el año
2018 los ingresos recaudados han disminuidos en el 22.90% con lo que
respecta
al año;2016; y en el año 2019 los ingresos
recaudados han disminuidos en el
22.80% con lo que respecta al año 2016 (Tabla 3).
En
la tabla 4 se puede observar que a partir de la aplicación
del Decreto
Legislativo N° 1270 en la cual establece la
reducción de las categorías de
dicho régimen tributario (5 a 2), los ingresos recaudados
por el estado,
tomando como base el año 2016, podemos apreciar lo
siguiente: que en el año
2017 los contribuyentes inscritos han aumentado en un 3.40% con lo que
respecta
al año anterior; que en el año 2018 los
contribuyentes inscritos han aumentado
en un 11.99% con lo que respecta al año 2016; y que en el
año 2019 los
contribuyentes inscritos han aumentado en un 21.05% con lo que respecta
al año
2016.
DISCUSIÓN
La
tabla 5 muestra el coeficientes Tau_b de Kendall y Rho de Spearman
correspondientes a la bondad de ajuste no paramétrica
empleados por la cantidad
y el tipo de distribución de variables, nos muestra que
existe una correlación
positiva fuerte (coeficiente Tau_b de Kendall = 0,707 y coeficiente Rho
de
Spearman = 0,775) entre
la reducción de
las categorías (de 5 a 2 categorías) del NRUS en
el año 2016 y el número de
contribuyentes acogidos; sin embargo esta correlación no
evidencia
significancia (Tau_b de Kendall con un P_valor = 0,180 y Rho de
Spearman con un
P_valor = 0,225; ambos mayores a 0,05).
La
prueba T muestra la diferencia de medias relacionada
(Recaudación a través de
NRUS D. L. N° 937 y la recaudación a
través del NRUS D. L. N° 1270) evidencia
que existe diferencia altamente significativa (P-valor de 0,001)
contrastando
esta hipótesis se acoge la hipótesis alterna es
decir la del investigador y se
rechaza la hipótesis nula.
Tabla 5.
Correlación
entre la recaudación con el D.L. N° 937 y el D.L.
N° 1270.
|
Aplicación
del Rus y el NRUS |
Cantidad de contribuyentes inscritos |
||
Tau_b de Kendall |
Aplicación
del Rus y el NRUS |
Coeficiente de correlación |
1,000 |
0,707 |
Sig. (bilateral) |
. |
0,180 |
||
N |
4 |
4 |
||
Cantidad de contribuyentes inscritos |
Coeficiente de correlación |
0,707 |
1,000 |
|
Sig. (bilateral) |
0,180 |
. |
||
N |
4 |
4 |
||
Rho de Spearman |
Aplicación
del Rus y el NRUS |
Coeficiente de correlación |
1,000 |
0,775 |
Sig. (bilateral) |
. |
0,225 |
||
N |
4 |
4 |
||
Cantidad de contribuyentes inscritos |
Coeficiente de correlación |
0,775 |
1,000 |
|
Sig. (bilateral) |
0,225 |
. |
||
N |
4 |
4 |
Correlaciones entre el RUS y el importe recaudado.
|
RUS |
Importe Recaudado |
||
Taub de Kendall |
RUS |
Coeficiente de correlación |
1,000 |
-0,707 |
Sig. bilateral |
. |
,180 |
||
N |
4 |
4 |
||
Importe Recaudado |
Coeficiente de correlación |
-0,707 |
1,000 |
|
Sig. bilateral |
0,180 |
. |
||
N |
4 |
4 |
||
Rho de Spearman |
RUS |
Coeficiente de correlación |
1,000 |
-0,775 |
Sig. bilateral |
. |
0,225 |
||
N |
4 |
4 |
||
Importe Recaudado |
Coeficiente de correlación |
-0,775 |
1,000 |
|
Sig. bilateral |
0,225 |
0,225 |
||
N |
4 |
4 |
La
tabla 6 muestra una correlación alta negativa de -0.775,
pero no es
significativa según la prueba Tau b de Kendall, el cual
significa que la
asociación de las variables disminuye. En cuanto, a la
correlación Rho de
Spearman la interpretación es similar. En ese sentido, no
existe evidencia
estadista suficiente para concluir la relación de ambas
variables.
El cambio de régimen del NRUS al RMT
que
fue impuesto por la Administración Tributaria a las
contribuyentes que no
cumplen con los parámetros del artículo
7° (D. L. 1270), no ha sido favorable
para el cumplimiento de las obligaciones tributarias puesto que cuando
estos
contribuyentes estuvieron en el RUS solo tenían que cumplir
las obligaciones
tributarias de presentar y pagar su impuesto mensual de acuerdo a la
categoría
del NRUS en que se encontraban, por lo que los contribuyentes del NRUS
disminuyeron en un 18% el grado de cumplimiento de
presentación y pago de sus
declaraciones mensuales, además que cuando ya fueron parte
del RMT al 100% de
ellas se les incremento más obligaciones tributarias
formales como el de llevar
libros y registros contables y presentar la declaración
Jurada Mensual y Anual,
del cual solo el 30% fue presentada
dentro del plazo .
No todos los contribuyentes NRUS que
gozaban de este régimen podrán aprovecharlo, pues
el tope de ingresos o compras
anuales y mensuales se ha reducido significativamente a S/ 96, 000.00,
lo que
implica que muchos pequeños contribuyentes
quedarán fuera del D. L. N° 1270.
Que está implantado la SUNAT.
El primer problema al que se enfrentará
los pequeños contribuyentes del NRUS que estuvieron en la
categoría 3, 4, y 5,
es que deberán determinar de manera independiente el IGV, lo
que los somete a
la obligación de llevar algunos libros y/o registros
contables exigidos por los
regímenes del Régimen Especial del Impuesto a la
Renta, Régimen Mype Tributario
y el Régimen General del Impuesto a la Renta.
Otra importante diferencia es que los
pequeños contribuyentes del NRUS que ya no pueden acogerse
al NRUS y optan por
acogerse al RMT, es que deberán efectuar pagos a cuenta
mensuales del Impuesto
a la Renta a razón del 1% de sus ingresos netos y para
determinar el Impuesto
Anual, podrán aplicar la tasa del 10% sobre utilidades
generadas hasta por un
importe de 15 UIT (para los años 2017, 2018 y 2019) pero por
el exceso, deberán
aplicar la tasa del 29.50%, que es la misma tasa que se les exige a los
contribuyentes comprendidos en el Régimen General.
En ese sentido, consideramos que los
cambios introducidos al NRUS por el D. L. N° 1270, perjudica a
los pequeños
contribuyentes que hasta antes de estos podrían acogerse a
un sistema
tributario simple y acorde con su realidad económica.
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